martes, 21 de septiembre de 2010

REGULACIÓN

Para dar control al uso de la publicidad engañosa, la Superintendencia de Industria y Comercio en su Resolución 13385 del 30 de abril de 2008, declara que debe haber un documento contrato entre vendedor y comprador para así no subsanar al engaño, suministrando en la publicidad una información no veraz e insuficiente, distinta a lo que se plasma en el contrato. Es bueno que se implanten estas leyes porque así es de la única forma que se lograría controlar este tipo de práctica engañosa, garantizándole al consumidor un buen trato y un buen cumplimiento en el contrato de compra.

www.usergioarboleda.edu.co/.../der.003.htm

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